La
Ley Organica de Proteccion de Datos Personales
(LOPD
15/99) asi como el Reglamento de Medidas de Seguridad (RD 1720/2007)
componen la normativa vigente en materia de
Proteccion
de Datos Personales en España siendo OBLIGATORIO su
cumplimiento
para todas las empresa y profesionales que manejen datos personales en
cualquier soporte (tanto ficheros informaticos como de
papel) de
clientes, proveedores, trabajadores, pacientes, alumnos etc.…
Las
obligaciones que nos impone dicha normativa son las siguientes:
Identificacion
e inscripcion de ficheros que contengan datos personales
ante la
Agencia Española de Proteccion de Datos www.agpd.es
Elaboracion
de documentacion especifica para informar de sus derechos a
aquellos a los que solicitamos datos personales en el transcurso de
nuestra actividad.
Implantacion
de medidas de seguridad para la proteccion de los datos
personales recogidos asi como desarrollo del Documento de
Medidas de Seguridad que debe estar disponible para la Agencia de
Proteccion de Datos.
Mantenimiento
y Auditoria obligatoria cada 2 años.
"Todo
eso esta muy bien, pero cuales son las sanciones por no cumplir la
normativa?"
 
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